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El Club

24-06-2009

DEFINITIVAMENTE NUESTRAS

El Concejo Deliberante aprobó el Proyecto de Ordenanza para que las tierras del Bosque sean definitivamente de Gimnasia.

El día fue largo pero valió la pena. "Muchos quieren salir campeón y ese es su sueño. En cambio para nosotros, hoy es el día más importante de nuestas vidas. Hoy Gimnasia es campeón". Con esas palabras, Roberto Gigli, un símbolo de la lucha de Gimnasia por obtener la cesión de las tierras, sintetizó la aurdua lucha que significó lograr que este proceso termine en buenos términos.

Lo que resta es firmar la escritura pero lo sancionado el 24 de junio de 2009 no tiene vuelta atrás. El Lobo es del Bosque y del Bosque no se va. Las tierras son del Lobo. ¡Felicidades a todos los Triperos!

(*) Tras una extensa sesión, el Concejo Deliberante de La Plata, aprobó el proyecto de ordenanza mediante cual autoriza al Ejecutivo Municipal a donar el predio que Gimnasia ocupa en el Bosque.

La aprobación se logró luego de una votación nominal en la que 16 concejales votaron a favor, 5 en contra y 1 se abstuvo.

Se hicieron presentes en el municipio en representación de Gimnasia, los dirigentes, Juan Carlos Escanda, Víctor Paladino, Ernesto Fischer, Ricardo López Osornio y Miguel Lavarra.









Lo que dice la Ordenanza:


Artículo 1ro.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar en donación, a los clubes Gimnasia y Esgrima La Plata y Estudiantes de La Plata, los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 103 y Circunscripción I, Sección B Manzana 111, Parcela 2ª, respectivamente, tal como surge del Acta Acuerdo “Paseo del Bosque” oportunamente suscripta, con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2do.- El Departamento Ejecutivo determinará las condiciones que constituirán el cargo de la donación referida a las Instituciones mencionadas, en concordancia con las pautas establecidas en el Acta mencionada.

Artículo 3ro.- Dése intervención a la Escribanía General de Gobierno a efectos de que proceda al otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio.

Artículo 4to.- A través de la Dirección de Catastro se procederá a la registración del estado dominial de los inmuebles citados en el ámbito municipal y provincial.


Fotos: Alex Meckert - Letra G

(*)Información extraída del portal oficial del Club: www.gimnsia.org.ar

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